PROCEDIMIENTOS DEL DERECHO LABORAL: Modalidades del contrato
MODALIDADES DEL CONTRATO
a. Indefinido
b. Fijo
c. Obra o labor
d. Ocasional o accidental
Actualmente, en el país existen
diferentes formas de vincular a un empleado a las compañías. Conozca las
ventajas y desventajas que tiene en cada uno de los contratos.
Contrato a Término Fijo
Es
un contrato laboral que tiene un tiempo límite especificado en el documento.
Puede ser prorrogado indefinidamente, salvo en los casos en los cuáles el plazo
pactado sea inferior a un año.
“Este tipo de contratación obligatoriamente debe ser fijada por escrito y representa una vinculación a una empresa, lo que indica que el empleado recibirá un pago por su salario con las prestaciones sociales establecidas en la ley (cesantías, vacaciones, primas y liquidación a la hora de su terminación)”, explica la abogada.
“Este tipo de contratación obligatoriamente debe ser fijada por escrito y representa una vinculación a una empresa, lo que indica que el empleado recibirá un pago por su salario con las prestaciones sociales establecidas en la ley (cesantías, vacaciones, primas y liquidación a la hora de su terminación)”, explica la abogada.
Por
esto, las deducciones por nómina son iguales a las de cualquier contrato
laboral. Así mismo, tendrá derecho a indemnización si el contrato es cancelado
antes de la fecha estipulada.
Contrato a Término Indefinido
Contrato a Término Indefinido
El
contrato a término indefinido es aquel que como su nombre lo indica, no tiene
estipulada una fecha de terminación de la obligación entre el empleado y el
empleador.
Puede
pactarse por escrito o de forma verbal y tiene derecho a todos los pagos de
prestaciones sociales tales como salud, pensión, ARP, cesantías, prima y
vacaciones.
“Este
contrato es el que se más se usa en Colombia porque puede ser terminado con o
sin justa razón, pero brinda al contratista una vinculación a la empresa”,
asegura Ferro.
Contrato Civil por Prestación de Servicios
Es
un contrato de naturaleza civil que no genera ninguna dependencia o
subordinación. No tiene vinculación laboral y sólo implica el pago por los
servicios. Este tipo de contrato se realiza para una labor específica.
En
el contrato por prestación de servicios la remuneración se acuerda entre las
partes y no genera relación laboral, ni obliga a la organización a pagar
prestaciones sociales.
Contrato por Obra
En
el contrato por obra, labor o por destajo, el periodo de pago puede ser diario,
semanal, quincenal o como máximo mensual. No se puede pactar el pago cuando se
termine la obra, a no ser que el trabajo se termine en un tiempo inferior a un
mes.
En
este caso, el empleador debe verificar que la persona contratada esté afiliada
a una entidad de salud. En este tipo de contrato no hay obligación del pago de
prestaciones sociales.
Aporte DANIEL BOTINA. Las
figuras de los contratos laborales favorecen principalmente al empleador,
puesto que dependiendo del tipo de contrato la economía de la empresa es la que
se ve involucrada. Hoy en día, en Colombia se puede evidenciar que han
disminuido el numero de personas que están trabajando en una empresa por un
contrato a termino indefinido, en la mayoría de los casos los contratos son por
prestación de servicios, obra o labor, lo que determina que los empleados no
tienen derecho a ciertos privilegios de aquellos que poseen un contrato a
termino indefinido, con el pago de todas las prestaciones de ley.
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