PROCEDIMIENTOS DEL DERECHO LABORAL: Contrato de trabajo



CONTRATO DE TRABAJO





El código sustantivo de trabajo es el que regula las condiciones que debe tener el contrato laboral (artículo 22 a 75) en él se especifican las diferentes modalidades de trabajo, duración, terminación, indemnización.

Según el artículo 23 del código sustantivo de trabajo el contrato debe especificar la actividad personal del trabajador de esta manera no se puede delegar la función a un tercero, el trabajador debe estar bajo continua subordinación de esta manera el empleador está en la facultad de impartir ordenes, en los contratos debe existir una retribución económica.

FORMAS DE CONTRATO

Según el artículo 37 del código sustantivo de trabajo existen dos formas: Contrato de trabajo verbal (art. 38)

Cuando el contrato sea verbal, el empleador y el trabajador deben ponerse de acuerdo, al menos acerca de los siguientes puntos:
1.    La índole del trabajo y el sitio en donde ha de realizarse;
2.    La cuantía y forma de la remuneración, ya sea por unidad de tiempo, por obra ejecutada, por tarea, a destajo u otra cualquiera, y los períodos que regulen su pago;
3.    La duración del contrato.”
Contrato de trabajo escrito (art 39)

El contrato de trabajo escrito se extiende en tantos ejemplares cuantos sean los interesados, destinándose uno para cada uno de ellos; está exento de impuestos de papel sellado y de timbre nacional y debe contener necesariamente, fuera de las cláusulas que las partes acuerden libremente, las siguientes: la identificación y domicilio de las partes; el lugar y la fecha de su celebración; el lugar en donde se haya contratado el trabajador y en donde haya de prestar el servicio; la naturaleza del trabajo; la cuantía de la remuneración, su forma y periodos de pago; la estimación de su valor, en caso de que haya suministros de habitación y alimentación como parte del salario; y la duración del contrato, su desahucio y terminación.




Aporte: Viviana Figueroa 

Comentarios

  1. Los contratos de trabajo aportan ventajas tanto para el empleador como el trabajador, puesto que el contrato laboral es directamente entre la estabilidad y productividad. El contrato es el enlace directo entre las partes. DANIEL BOTINA

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  2. El contrato laboral nos permite generar un acuerdo en donde las dos partes se comprometen a cumplir una serie de condiciones para llevar a cabo una función o un servicio en pro de las necesidades de una organización en el se deben cumplir las dos partes los derechos y deberes interpuestos por la legislación

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