PROCEDIMIENTOS DEL DERECHO LABORAL: Terminación del contrato de trabajo
TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO
Todo contrato de trabajo es susceptible de ser terminado, sea con justa causa o sin ella, ya se trate de un contrato de un contrato de trabajo a término fijo o un contrato de trabajo a término indefinido y con la anuencia o no del trabajador.
El artículo 61 del código sustantivo del
trabajo establece las causas o situaciones que pueden desencadenar la
terminación del contrato de trabajo por:
a). Por muerte del
trabajador;
b). Por mutuo
consentimiento;
c). Por expiración
del plazo fijo pactado;
d). Por terminación
de la obra o labor contratada;
e). Por liquidación
o clausura definitiva de la empresa o establecimiento;
f). Por suspensión
de actividades por parte del empleador durante más de ciento veinte (120) días;
g). Por sentencia
ejecutoriada;
h). Por decisión
unilateral en los casos de los artículos 7o., del Decreto-ley 2351 de 1965, y
6o. de esta ley;
i). Por no regresar
el trabajador a su empleo, al desaparecer las causas de la suspensión del
contrato.
A continuación listamos algunos editoriales
relacionados con la terminación del contrato de trabajo:
- Despido del trabajador por cierre o liquidación de la
empresa. El cierre o liquidación de la empresa da lugar a la
terminación del contrato pero no es una justa causa pare ello.
- Terminación del contrato de trabajo por justa causa. Causas justas consideradas
por la ley para dar por terminado un contrato de trabajo.
- Terminación del contrato de trabajo por cumplimiento de
requisitos para acceder a la pensión. La pensión es una causa para
terminar el contrato de trabajo pero sólo cuanto el trabajador sea
incluido en la nómina de la entidad que lo pensiona.
- Terminación o suspensión del contrato de trabajo por
arresto del trabajador. El arresto del trabajador es una de las justas causas
parta terminar el contrato de trabajo, pero hay limitaciones.
- Cuidado con aceptar la terminación del contrato de trabajo
en la fusión de sociedades. La fusión de la sociedad
empleadora con otra sociedad no es una causa válida para la terminación
del contrato.
- Cambiar la razón social no implica la evasión de
responsabilidades. Que la empresa empleadora cambie de razón social o el
tipo de sociedad no afecta los derechos de sus trabajadores.
- Indemnización en el contrato a término indefinido. Precisiones sobre la
indemnización cuando el trabajador es despedido injustamente.
- Indemnización en el contrato de trabajo a término fijo. Aspectos relacionados con la
indemnización que se debe pagar al trabajador despedido en este tipo de
contrato.
- Indemnización en el contrato de obra o labor. En este contrato también está
presente la figura de la indemnización por terminación injustificada por
parte del empleador.
- Liquidación del contrato de trabajo. Aspectos básicos de la
liquidación de un contrato de trabajo
Tomado de: https://www.google.com/amp/s/www.gerencie.com/terminacion-del-contrato-de-trabajo.html/amp
Aporte: DANIEL RICARDO PARRA; Para terminar, Esta claro que en una
empresa la terminación del contrato, se puede dar por muchas razones, pero vale
resaltar algo en específico, y es que muchas veces es arbitraria la forma de
despedir a los empleados, ya que no son “indispensables” para la empresa, ya
que la visión del empleador hacia el trabajador, no es más que la de un objeto
y no como ser humano como tal, Ya que ha sucedido que despiden a un funcionario
sin justa causa y buscan todos los pretextos posibles para el retiro de ese
trabajador, y muchas veces se ha visto aquí en Colombia, Que los empleadores
despiden a su personal, por cuestiones personales o apasionamientos con los
mismos, por no acceder a situaciones que sobrepasan lo laboral y eso es una
realidad en este país, porque no se podría decir que esto sucede en una sola
empresa, sino por el contrario, Es en términos generales, creo que por estas
razones las empresas no prosperan porque se confunden los roles de lo laboral
traspasando a lo personal.
Sin importar el tipo de contrato que se establece entre las partes, si existen razones justificables cualquier tipo de contrato puede darse por terminado, depende de cual sea el caso para la terminación del contrato, el trabajador recibirá o no las prestaciones legales por la terminación.
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